El Gobierno de Javier Milei logró un avance legislativo crucial este miércoles. Con 42 votos a favor y 30 en contra, el Senado otorgó media sanción al proyecto de reforma laboral. Tras una intensa negociación con los bloques dialoguistas, el texto original sufrió modificaciones antes de ser enviado a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva.
Esta reforma no es un trámite menor: propone una reconfiguración profunda en las reglas del juego entre empleadores y empleados, afectando directamente el cálculo de indemnizaciones, los pagos por enfermedad y la organización del tiempo libre.
1. Licencias por enfermedad: Menos tiempo y menores montos
Uno de los puntos más polémicos es la modificación del régimen de licencias por accidentes o enfermedades no laborales. Bajo la ley actual, el trabajador percibe el 100% de su sueldo entre 3 y 12 meses. La nueva normativa reduce drásticamente estos beneficios:
- Recorte salarial: El trabajador pasará a cobrar entre el 50% y el 75% de su sueldo básico.
- Reducción de plazos: El beneficio se limitará a 3 meses (sin cargas de familia) o 6 meses (con familiares a cargo).
- Criterio de riesgo: Si la enfermedad deriva de una actividad “voluntaria” de riesgo, se cobrará el mínimo del 50%. Además, se imponen controles más estrictos con firmas digitales obligatorias en certificados médicos.
2. Indemnizaciones y el nuevo “Fondo de Cese”
La reforma busca abaratar el costo del despido para las empresas. El cálculo de la antigüedad ahora excluirá el aguinaldo, las vacaciones y premios extraordinarios, limitándose estrictamente al sueldo mensual pagado.
Para las PyMEs riojanas, un cambio vital es que los jueces podrán autorizar el pago de sentencias laborales en hasta 12 cuotas mensuales. Asimismo, se abre la puerta al “Fondo de Cese Laboral”: un modelo similar al de la construcción donde el empleador aporta mensualmente a una cuenta para que el trabajador cobre al finalizar la relación laboral, eliminando la indemnización tradicional por juicio.
3. Adiós a las horas extras tradicionales: El “Banco de Horas”
El proyecto introduce el concepto de flexibilidad horaria. Las empresas podrán compensar las horas trabajadas en exceso con descansos futuros en lugar de pagarlas con el recargo del 50% o 100%. Para que esto sea legal, debe existir un acuerdo escrito entre las partes o estar estipulado en el convenio colectivo, respetando siempre el descanso de 12 horas entre jornadas.
4. Vacaciones: Fraccionamiento y flexibilidad
Si bien el periodo de otorgamiento se mantiene de octubre a abril, se introduce la posibilidad de fraccionar los días de descanso en tramos mínimos de 7 días. Esto permite una mayor negociación individual, aunque el empleador sigue obligado a otorgar al menos un periodo de verano cada tres años.









